Gastos hipotecarios

Gastos hipotecarios

Con anterioridad a la LCCI de 2019, muchos de los hipotecados tuvieron que asumir los gastos de hipoteca. El TJUE emitió una sentencia en julio de 2020 que estableció la obligación a las entidades bancarias de devolver todos esos gastos (de notaría, gestoría, registro y tasación), a excepción del impuesto (IAJD).

El tribunal supremos asumió las directrices de Europa en las sentencias aquí señaladas:  la 457/2020, de 24 de julio, que estableció la devolución del 50% de los gastos notariales, el 100% de los de registro y la comisión de apertura; la 555/2020 de 26 de octubre, que fijó la devolución del 100% de los gastos de gestoría, y finalmente, la 35/2021, del 27 de enero, que obligó a la entidad a devolver el 100% de la tasación.

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