Novedades fiscales 2023
- Mejoras en la deducción.
- Mayor importe y plazo.
- A partir del 1 de enero de 2023 se incrementa la base de deducción aplicable en el IRPF a personas físicas que apoyan la creación de nuevas empresas.
- La deducción pasa a ser del 50 % de la inversión realizada (anteriormente era del 30%).
- La inversión máxima con derecho a deducción aumenta de 60.000 a 100.000 euros por inversor y año.
- Por otro lado, el plazo en el que se puede realizar la inversión se amplía de 3 a 5 años desde la constitución de la empresa.
- Inversión temporal.
- Los fondos propios de la sociedad en la que se realiza la inversión al inicio del ejercicio no deben superar los 400.000 euros.
- La participación del inversor, junto con sus familiares hasta segundo grado, no debe superar el 40% del capital social.
- Las participaciones deberán venderse transcurridos tres años antes de que transcurran doce desde la inversión.
- “Business angels”.
Los inversores deberán ser temporales, no podrán ser inversores permanentes.
- Con ahorros del año.
El patrimonio del inversor al finalizar el año debe ser superior al del inicio del ejercicio con una diferencia, de al menos, las inversiones realizadas durante el año por la que disfrute de la deducción.
- Reinversión.
- Exención de tributación.
Cuando la ganancia obtenida en la posterior transmisión de esas participaciones si dentro del plazo de un año desde la fecha de la venta se reinvierte el importe obtenido en otras sociedades que también cumplan los requisitos.
- Sin Exención.
- Cuando el inversor adquiera nuevas participaciones de la misma empresa en el año anterior o posterior a la venta.
- Cuando las participaciones se venden al cónyuge o a familiares de hasta segundo grado, o bien a una sociedad del grupo mercantil del titular o de alguno de los parientes mencionados.
- Exención y deducción.
Si el importe invertido en las nuevas participaciones supera el importe obtenido en la venta de las antiguas.
- Empresas emergentes.
- Aún más plazo para reinvertir.
- Siete años para invertir.
El plazo durante el cual se puede realizar la inversión desde la constitución de la empresa es de siete años cuando se realice en empresas emergentes os start-ups.
- Sin límite del 40%.
- No existe límite alguno en cuanto a la participación máxima que los socios fundadores pueden tener en el capital en el caso de empresas emergentes.
- Esta mejora es un espaldarazo a la creación de empresa emergentes, ya que, hasta ahora, cuando la empresa la constituía un solo socio con el 100% del capital o dos socios con el 50% cada uno, no podían disfrutar de la deducción, al tener una participación superior al 40%.
Esperamos que sea de su interés